﻿LICENCIA PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA v. 1.2

EUPL © Unión Europea 2007, 2016

La presente Licencia Pública de la Unión Europea (EUPL, por su sigla en
inglés), se aplica a la obra (según se define más adelante)
suministrada en las condiciones fijadas en la presente licencia. Queda
prohibido cualquier uso de la obra distinto del autorizado por la
presente licencia (en la medida en que tal uso esté protegido por un
derecho del titular de los derechos de autor de la obra).

La obra se suministra en las condiciones fijadas en la presente
licencia cuando el licenciante (según se define más adelante) haya
colocado la siguiente advertencia inmediatamente después de la mención
a los derechos de autor de la obra:

Licencia cedida con arreglo a la EUPL

o haya expresado por cualquier otro medio su voluntad de conceder una
licencia con arreglo a la EUPL.

1. Definiciones

En la presente licencia, se entenderá por:

— «licencia»: la presente licencia,

— «obra original»: la obra o el programa de ordenador distribuido o
comunicado por el licenciante con arreglo a la presente licencia en
forma de código fuente o, en su caso, de código ejecutable,

— «obras derivadas»: las obras o programas de ordenador que pudiera
crear el licenciatario sobre la base de la obra original o de alguna de
las modificaciones de esta. La presente licencia no define el grado de
modificación o dependencia de la obra original necesario para
clasificar una obra como derivada; dicho grado se determinará de
acuerdo con la legislación sobre derechos de autor aplicable con
arreglo al artículo 15,

— «obra»: la obra original o sus obras derivadas,

— «código fuente»: la forma de la obra legible por seres humanos que
pueda ser estudiada y modificada más fácilmente,

— «código ejecutable»: cualquier código, en general compilado,
destinado a ser interpretado como programa por un ordenador,

— «licenciante»: la persona física o jurídica que distribuye o comunica
la obra con arreglo a la licencia,

— «colaborador»: la persona física o jurídica que modifica la obra con
arreglo a la licencia o contribuye de cualquier otra manera a crear una
obra derivada,

— «licenciatario»: la persona física o jurídica que hace un uso
cualquiera de la obra en las condiciones fijadas en la licencia,

— «distribución» o «comunicación»: cualquier acto de venta, donación,
préstamo, alquiler, distribución, comunicación, transmisión o cualquier
otro acto de puesta a disposición, en línea o fuera de línea, de copias
de la obra o de acceso a sus funcionalidades esenciales a otra persona
física o jurídica.

2. Ámbito de los derechos otorgados por la Licencia

El licenciante concede al licenciatario una licencia de ámbito mundial,
a título gratuito, no exclusiva y que el licenciatario puede
subcontratar mientras sigan vigentes los derechos de autor sobre la
obra original, y lo autoriza a:

— utilizar la obra en cualquier circunstancia y para cualquier uso,

— reproducir la obra,

— modificar la obra y realizar obras derivadas de la misma,

— comunicar al público la obra o copias de la misma, poner a su
disposición o exhibir la obra o las copias y, en su caso, ejecutar
públicamente la obra,

— distribuir la obra o copias de la misma,

— prestar y alquilar la obra o copias de la misma,

— subcontratar los derechos relativos a la obra o a las copias de la
misma.

Dichos derechos se podrán ejercer a través de cualquier medio, soporte
y formato, conocido en el presente o que pueda inventarse en el futuro,
en la medida en que así lo permita la legislación aplicable.

En los países cuyo ordenamiento contemple los derechos morales, el
licenciante renunciará al ejercicio de los mismos en la medida en que
lo permita la legislación, a fin de hacer efectiva la licencia de los
derechos patrimoniales anteriormente enumerados.

El licenciante cede al licenciatario, libre de cánones, los derechos de
uso no exclusivos sobre cualquier patente de que sea titular, en la
medida necesaria para que el licenciatario haga uso de los derechos
sobre la obra otorgados por la presente licencia.

3. Comunicación del código fuente

El licenciante podrá suministrar la obra en forma de código fuente o
código ejecutable. Si la suministrara en forma de código ejecutable,
deberá facilitar además una copia legible automáticamente del código
fuente de la obra junto con cada copia de la obra que distribuya, o
bien indicar, en una advertencia inserta a continuación de la mención a
los derechos de autor adjunta a la obra, un repositorio en el que se
pueda acceder al código fuente fácilmente y de manera gratuita durante
el período en que el licenciante siga distribuyendo o comunicando la
obra.

4. Limitaciones a los derechos de autor

En ningún caso podrá interpretarse la presente licencia de modo que
prive al licenciatario de los beneficios de los que pudiera disfrutar
como consecuencia de las excepciones o limitaciones a los derechos
exclusivos de los titulares de los derechos de la obra, de la extinción
de dichos derechos o de cualquier otra limitación aplicable.

5. Obligaciones del licenciatario

La cesión de los derechos en virtud de la presente licencia queda
supeditada a ciertas restricciones u obligaciones que habrá de respetar
el licenciatario. Dichas obligaciones son:

Derecho de atribución: El licenciatario deberá mantener íntegramente
todas las advertencias y menciones a los derechos de autor, patentes o
marcas registradas, así como las que se refieran a la licencia y a la
exención de responsabilidad. El licenciatario deberá adjuntar copias de
dichas advertencias y menciones y de la licencia con cada copia de la
obra que distribuya o comunique. El licenciatario se responsabilizará
de que cualquier obra derivada incluya una advertencia bien destacada
declarando que se ha modificado la obra, y la fecha de modificación.

Cláusula de «copyleft»: Si el licenciatario distribuyera o comunicara
copias de la obra original o de obras derivadas basadas en la obra
original, dicha distribución o comunicación deberá hacerse en las
condiciones fijadas en la presente licencia o una versión posterior de
la presente licencia, salvo si la obra original se distribuye
expresamente solo bajo la presente versión de la licencia (por ejemplo,
comunicando «EUPL v. 1.2 solamente». El licenciatario (ahora en su
calidad de licenciante) no podrá ofrecer ni imponer condiciones
adicionales sobre la obra o las obras derivadas que modifiquen o
limiten las condiciones de la licencia.

Cláusula de compatibilidad: Si el licenciatario distribuyera o
comunicara obras derivadas o copias de estas últimas basadas a su vez
en la obra y en otra obra licenciada bajo una licencia compatible, la
distribución o comunicación podrán efectuarse con arreglo a las
condiciones de dicha licencia compatible. A efectos de la presente
cláusula, se entenderá por «licencia compatible» cualquiera de las
licencias enumeradas en el apéndice adjunto a la presente licencia. En
caso de que las obligaciones del licenciatario con arreglo a la
licencia compatible estén en colisión con las derivadas de la presente
licencia, prevalecerán las obligaciones de la licencia compatible.

Suministro del código fuente: Cuando distribuya o comunique copias de
la obra, el licenciatario deberá facilitar una copia del código fuente
legible automáticamente o indicar un repositorio en que se pueda
acceder al código fuente fácilmente y de manera gratuita durante el
período en que siga distribuyendo o comunicando la obra.

Salvaguardia de otros derechos: La presente licencia no faculta para
utilizar los nombres comerciales, marcas de producto o de servicio o
nombres del licenciante, excepto cuando ello, realizado en la medida de
lo razonable y conforme a los usos habituales, sea necesario para
indicar el origen de la obra y reproducir el contenido de la mención a
los derechos de autor.

6. Secuencia de autoría

El licenciante original garantiza ser titular originario de los
derechos de autor sobre la obra original objeto de la presente licencia
o haberlos adquirido mediante la licencia correspondiente y estar
facultado para otorgar licencias sobre tales derechos.

Cada colaborador garantiza ser titular de los derechos de autor sobre
las modificaciones que aporta a la obra o haberlos adquirido mediante
la correspondiente licencia y estar facultado para otorgar licencias
sobre tales derechos.

Cada vez que el licenciatario acepta la licencia, el licenciante
original y los colaboradores posteriores le otorgan una licencia sobre
sus propias contribuciones a la obra en las condiciones fijadas en la
presente licencia.

7. Exclusión de garantía

La obra se encuentra en proceso de elaboración, siendo objeto de
continuas mejoras por parte de numerosos colaboradores. No es una obra
acabada y, por tanto, puede contener defectos o fallos inherentes a
este tipo de desarrollo.

Por este motivo, la obra, en virtud de la licencia, se suministra «tal
cual», sin garantías de ningún tipo, en particular, en una enumeración
no exhaustiva, en cuanto a su comercialización, adecuación a un
propósito determinado, ausencia de defectos o errores, exactitud y
ausencia de infracción de los derechos de propiedad intelectual
distintos de los derechos de autor según se afirma en el artículo 6 de
la presente licencia.

Esta exclusión de garantía forma parte esencial de la licencia y es
condición para la cesión de cualquier derecho con respecto a la obra.

8. Exclusión de responsabilidad

Excepto en casos de dolo o de daños ocasionados directamente a personas
físicas, el licenciante no será responsable de los daños y perjuicios
de cualquier clase, directos o indirectos, materiales o morales, que
pudieran derivarse de la licencia o del uso de la obra, en particular,
en una enumeración no exhaustiva, de los daños y perjuicios por pérdida
de buena reputación, paro técnico, avería o mal funcionamiento de
equipos informáticos, pérdida de datos o cualquier perjuicio comercial,
incluso si el licenciante conocía la posibilidad de dichos daños. No
obstante, el licenciante será responsable, de acuerdo con las normas
legales que regulen la responsabilidad por los daños causados por
productos, en la medida en que dichas normas sean aplicables a la obra.

9. Acuerdos adicionales

Al distribuir la obra, el licenciatario podrá suscribir un acuerdo
adicional que defina obligaciones o servicios compatibles con la
presente licencia. No obstante, al aceptar tales obligaciones, el
licenciatario actuará únicamente en nombre propio y bajo su exclusiva
responsabilidad, y nunca en nombre del licenciante original ni de
ningún otro colaborador, y ello a condición de que acceda a indemnizar,
defender y amparar a todo colaborador frente a cualquier
responsabilidad en que este pudiera incurrir y frente a las
reclamaciones que pudieran presentarse contra él por haber aceptado el
licenciatario la mencionada garantía o responsabilidad adicional.

10. Aceptación de la licencia

Lo dispuesto en la presente licencia puede aceptarse haciendo clic en
el icono «Aceptar» situado en la parte inferior de la ventana en que
aparece el texto de la presente licencia o manifestando el
consentimiento de cualquier otra forma similar, de conformidad con lo
previsto en la legislación aplicable. Haciendo clic en dicho icono, se
expresa la aceptación inequívoca e irrevocable de la presente licencia
y de todo su contenido.

Asimismo, el licenciatario acepta irrevocablemente la presente licencia
y todas sus condiciones por el mero hecho de ejercer cualquiera de los
derechos que le otorga el artículo 2 de la presente licencia, tales
como el uso de la obra, la creación de una obra derivada o la
distribución o comunicación de la obra o de copias de la misma.

11. Información al público

En caso de que el licenciatario proceda a la distribución o
comunicación de la obra por medios electrónicos (por ejemplo,
ofreciendo la descarga de la obra a distancia), el canal o medio de
distribución (por ejemplo, un sitio web) deberá facilitar al público,
como mínimo, la información exigida por la legislación aplicable acerca
del licenciante, la licencia y la manera en que el licenciatario puede
acceder a dichos datos, aceptarlos, conservarlos y reproducirlos.

12. Extinción de la licencia

La licencia y los derechos otorgados a su amparo se extinguirán
automáticamente si el licenciatario incumple alguna de las condiciones
de la licencia.

Tal extinción no supondrá, sin embargo, la de las licencias de que
disfruten las personas que hayan recibido la obra del licenciatario en
virtud de la licencia, siempre que dichas personas sigan cumpliendo
plenamente las condiciones de la licencia.

13. Varios

No obstante lo dispuesto en el artículo 9, la licencia representará la
totalidad del acuerdo entre las partes en cuanto a la obra.

La eventual invalidez o ineficacia de alguna disposición de la presente
licencia con arreglo a la legislación vigente no afectará a la validez
o eficacia general de la licencia. En tales casos, la disposición se
interpretará o reformulará según proceda para hacerla válida y eficaz.

La Comisión Europea podrá publicar otras versiones lingüísticas o
nuevas versiones de la presente licencia o versiones actualizadas del
apéndice en la medida en que resulte necesario y razonable y sin
reducir el ámbito de los derechos concedidos por la licencia. Las
nuevas versiones de la licencia se publicarán con un número de versión
único.

Todas las versiones lingüísticas de la presente licencia aprobadas por
la Comisión Europea tienen idéntico valor. Las partes pueden utilizar
la versión lingüística de su preferencia.

14. Tribunales competentes

Sin perjuicio de lo dispuesto en un acuerdo específico entre las partes,

— los litigios relativos a la interpretación de la presente licencia
que se planteen entre las instituciones, órganos y organismos de la
Unión Europea, en calidad de licenciante, y un licenciatario, se
someterán a la jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea, con arreglo al artículo 272 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea;

— los litigios relativos la interpretación de la presente licencia que
se planteen entre otras partes se someterán a la jurisdicción exclusiva
del tribunal que sea competente en el lugar en que resida o ejerza su
actividad principal el licenciante.

15. Legislación aplicable

Sin perjuicio de lo dispuesto en un acuerdo específico entre las partes,

— la presente licencia se regirá por la legislación del Estado miembro
de la Unión Europea en el que tenga su sede, resida o tenga su
domicilio social el licenciante;

— la presente licencia se regirá por el Derecho belga si el licenciante
no tiene sede, residencia ni domicilio social en un Estado miembro de
la Unión Europea.

Apéndice

Son «licencias compatibles» con arreglo al artículo 5 de la EUPL:

— GNU General Public License (GPL) v. 2, v. 3

— GNU Affero General Public License (AGPL) v. 3

— Open Software License (OSL) v. 2.1, v. 3.0

— Eclipse Public License (EPL) v. 1.0

— CeCILL v. 2.0, v. 2.1

— Mozilla Public Licence (MPL) v. 2

— GNU Lesser General Public Licence (LGPL) v. 2.1, v. 3

— Creative Commons Attribution-ShareAlike v. 3.0 Unported (CC BY-SA
3.0) para obras que no sean programas informáticos

— European Union Public Licence (EUPL) v. 1.1, v. 1.2

— Québec Free and Open-Source Licence — Reciprocity (LiLiQ-R) or Strong
Reciprocity (LiLiQ-R+).

La Comisión Europea podrá actualizar el presente apéndice a versiones
posteriores de las licencias mencionadas sin presentar una nueva
versión de la EUPL, siempre que contemplen los derechos reconocidos en
el artículo 2 de la presente licencia y protejan de la apropiación
exclusiva el código fuente cubierto.

Cualquier otra modificación o adición al presente apéndice exigirá la
presentación de una nueva versión de la EUPL.
